Los principios procesales del trabajo: armonías y desarmonías en las Altas Cortes

Isabel Goyes Moreno, Mónica Hidalgo Oviedo

Resumen


El proceso del trabajo suele asociarse con determinadas  y excluyentes jurisdicciones. El  servicio publico, el juicio disciplinario y el  trabajo particular tienen procedimientos especificos  que deben incluirse en un concepto  amplio del manejo del conflicto en materia  laboral. La tesis del presente texto es articular  dichos estancos en torno a principios que los  rijan indistintamente, pues a pesar de las tensiones  entre precedentes de una y otra Corte, el  trabajo independiente o subordinado, publico  o privado, requiere soluciones uniformes, que  recurran a desarrollos jurisprudenciales de  obligatoria observancia por mandato constitucional  y legal. Dada su importancia procesal,  se explora el principio de buena fe, donde  resultan evidentes la armonia y desarmonias  entre Corte Constitucional, Consejo de Estado  y Corte Suprema de Justicia. 


Palabras clave


proceso, principios, precedente, tensiones, buena fe

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Referencias


Bauman, Z., y otro. (2016). Estado de crisis. Traduccion de Albino Santos Mosquera. Barcelona: Paidos.

Bernal Pulido, C (2011). El precedente en Colombia. Recuperado de www. revistas. uexternado.edu.co/index.php/derest/ article/download/493/471. Consulta del 11 de enero de 2016.

Bernal Pulido, C. La fuerza vinculante de la jurisprudencia en el orden jurídico colombiano. Recuperado de https: //www.icesi.edu.co/precedente/ ediciones/2003/1BERNALPULIDO. pdf Consulta del 10 de enero de 2016.

Botero, G. (2015). Guia teorica y practica de derecho procesal del trabajo y de la seguridad social. Bogota: Grupo Editorial Ibanez.

Consejo de Estado (2014). Las sentencias de unificación y el mecanismo de extensión de la jurisprudencia. Bogota, Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado y Ministerio de Justicia y del Derecho.

Jaramillo, A (2011). La doctrina probable en la Ley 1340 de 2009. Bogota: Ciclo del conferencias del Cedec, Universidad Javeriana. Recuperado de https://centrocedec. files.wordpress.com/2010/06/ doctrina-probable.pdf Consulta del 12 de enero de 2016.

Lopez Medina, Diego (2009). El derecho de los jueces. Bogota: Legis.

Marinoni, L. (2014). Los precedentes vinculantes y grandes novedades del Nuevo Código de Procedimiento Civil del Brasil. Recuperado de http://www.icdp.org.co/congreso/ congreso2014/dia1.html Consulta del 10 de enero de 2016.

Mesa, A. (2013). El principio de la buena fe: el acto propio y la confianza legítima Hacia una teoría del precedente administrativo en Colombia.

Santofimio, J. (2010). La fuerza de los precedentes administrativos en el sistema jurídico del derecho positivo colombiano. Bogota: Universidad Externado de Colombia.

Usme, V. (2010). Recurso de casación laboral. Enfoque jurisprudencial. Bogota: Grupo Editorial Ibanez.

Sentencias de la Corte Constitucional

Auto 326 de 2014. M.P. Mauricio Gonzalez Cuervo.

C-634 de 2011. M.P. Luis Ernesto Vargas Silva.

C-539 de 2011. M.P. Luis Ernesto Vargas Silva.

C-816 de 2011. M.P. Mauricio Gonzalez Cuervo.

C-588 de 2012. M.P. Mauricio Gonzalez Cuervo.

C-621 de 2015. M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub.

C-634 de 2011. M.P. Luis Ernesto Vargas Silva.

T-309 de 2015. M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub.

SU-053 de 2015 M.P. Gloria Stella Ortiz Delgado.

SU-230 de 2015. M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub.

Salvamentos de voto de la SU-230 de 2015. M.P. Maria Victoria Calle, Jorge Ivan Palacio Palacio y Luis Ernesto Vargas Silva.

T-830 de 2012. M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub.

T-794 de 2011. M.P. Jorge Ivan Palacio Palacio.

C-258 de 2013. M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub.

T-078 de 2014. M.P. Mauricio Gonzalez Cuervo.

C-258 de 2013. M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub.

Sentencias de la Corte Suprema de Justicia

de octubre de 2015. SL13299-2015, rad. 52155, M.P. Jorge Mauricio Burgos Ruiz.

SL 570-2013; rad. 56460. M.P Luis Gabriel Miranda Buelvas.

de febrero de 2004, rad. 20968. M.P. Fernando Vasquez Botero.

de mayo de 2004, rad. 22151. M.P. Eduardo Adolfo Lopez Villegas.

de octubre de 2008, rad. 33343. M.P. Gustavo Jose Gnecco Mendoza.

de febrero de 2010, rad. 37036. M.P. Luis Javier Osorio Lopez.

de febrero de 2011, rad.44238. M.P. Francisco Javier Ricaurte Gomez.

de abril de 2012, rad. 53037. M.P. Elsy Del Pilar Cuello Calderon.

Sentencias del Consejo de Estado

Seccion Segunda, Subseccion A. C.P. Luis Rafael Vergara Quintero, de 6 de mayo de 2015, rad. 23001 23 33 000 2012 00132 01, No. interno. 4183-13.

Sentencia del 27 de noviembre de 2013. C.P. Gustavo Eduardo Gomez Aranguren, rad. 11001-03-25-000-2013-00366- 00(0789-13).

Sentencia del 4 de agosto de 2010. C.P. Victor Hernando Alvarado Ardila, rad. 25000232500020060750901(0112-09).

Sentencia del 10 de febrero de 2014. C.P. Bertha Lucia Ramirez de Paez (e), rad. 110010325000 20130046800 (0971- 2013).

Solicitud de extension del precedente del Consejo de Estado del 4 de agosto de 2010. C.P. Victor Hernando Alvarado, Exp.0112 de 2009.


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