Ven y visítanos sin cita previa en los puntos y horarios de atención: |
Sede Centro |
|
Dirección |
46 No. 48-186, Piso 2
|
Horarios |
Lunes - Viernes: 8:00 a 12:00 m. / 1:00 p.m. a 5:00 p.m. |
Ingresa tu caso o consulta aquí:
Si necesitas orientación y ayuda también puedes hacerlo a través de nuestro chat en linea, de lunes a viernes en nuestros horarios de atención.
- Nuestro Consultorio Jurídico legitimado a partir de la Resolución No 30 del 26 de Agosto de 1971, emitida por la Rectoría Nacional que ordenaba que los Consultorios Jurídicos de la Universidad, creado mediante Acuerdo 07 de agosto 18 de 1971, comenzarán a funcionar en las respectivas Facultades.
Es así, como mediante “Acuerdo 014 de Noviembre 15 de 1974, del Honorable Distrito Judicial de Barranquilla, crea el Consultorio Jurídico del Programa de Derecho de la Universidad Libre Barranquilla, el cual fue reglamentado mediante el Acuerdo 011 de Diciembre de 2002, emanado de la Honorable Consiliatura, lo que nos ha llevado a 42 años de trayectoria y de reconocimiento por parte de la comunidad. - Es una asignatura del plan de estudios de las Facultades de Derecho donde el estudiante realiza sus prácticas jurídicas y ofrece un servicio social a la comunidad, su peso académico es de tres (3) créditos, no es habilitable y se desarrolla de conformidad con el Reglamento y demás normas concordantes.
- La asignatura Consultorio Jurídico está conformado por dos (2) áreas que se desarrollan de manera presencial y en forma práctica, denominadas así: Turnos y Procesos, cada una de ellas debidamente reglamentadas.
- La competencia del Consultorios Jurídico, se encuentran señalados en la Ley 583 de 2000:
- La competencia del Centro de Conciliación, se encuentran señalados en la Ley 583 de 2.000 en concordancia con la Ley 640 de 2001, y decreto 491 de 2020.
Los estudiantes podrán actuar como conciliadores solo en los asuntos que por cuantía sean competencia de los Consultorios Jurídicos, que está señalada en cuarenta (40) salarios mínimos legales vigentes, en todas las áreas del derecho en las que la ley les otorga competencias, con excepción en el área laboral, cuya cuantía está fijada en 50 SMLV. - Además de las previstas en el Reglamento Estudiantil, son faltas de los estudiantes:
a) Exigir o recibir dineros o dádivas a los usuarios del Consultorio Jurídico para la prestación del servicio.
b) Asumir directamente o recomendar abogados para tramitar los asuntos que son motivo de consulta en el Consultorio Jurídico.
c) No cumplir con los horarios establecidos para el desempeño de su labor. - Sí, los estudiantes egresados que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Ser egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre;
b) Poseer Licencia Temporal Vigente;
c) Haber obtenido un promedio general de calificaciones igual o superior a cuatro (4.0).
Podrán participar de la convocatoria que semestralmente hará la Dirección del Consultorio jurídico y Centro de Conciliación. Y los seleccionados fungirán como Asistentes Docentes. - El Comité Asesor, es un organismo adscrito al Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación, a fin de asesorarlo en el desarrollo de políticas y la toma de decisiones, está conformado por:
- Dicho Comité se reúne en la última semana de cada mes, contra sus decisiones proceden los recursos de reposición ante el mismo Comité y el de apelación ante el Comité de Unidad Académica de la Facultad de Derecho.
VIDEOS CONSULTORIO JURÍDICO:
- 1
- 2
- 3
- 4
ACTIVIDADES:
- 1